Ante la pérdida de un ser querido, es normal no saber qué hacer cuando fallece un ser querido ni por dónde empezar. La situación emocional y la urgencia de los trámites pueden generar mucha confusión, especialmente si el fallecimiento ocurre en el domicilio o sin asistencia previa.

Para ayudarte en esos primeros momentos, hemos preparado una guía clara con los primeros pasos tras un fallecimiento, los trámites esenciales y las gestiones que deben realizarse en Madrid.

Primeros pasos tras el fallecimiento

Contactar con un médico

El primer paso siempre es avisar a un médico para que pueda certificar la muerte. Si el fallecimiento ocurre en un hospital, residencia o centro sanitario, este proceso lo gestiona el propio personal médico.

Si se produce en el domicilio, debe acudir un médico de urgencias para comprobar el fallecimiento y emitir el certificado correspondiente.

Solicitud del certificado de defunción

El certificado de defunción es indispensable para iniciar cualquier trámite posterior. Este documento lo emite el médico que ha verificado la muerte y permite iniciar los trámites de defunción obligatorios. Sin este certificado no es posible realizar el traslado, preparar el servicio funerario ni comenzar las gestiones legales.

Elegir una funeraria de confianza

Una vez obtenido el certificado, el siguiente paso es contactar con una funeraria que pueda encargarse del servicio completo. Elegir una empresa cercana, disponible y transparente es clave en estos momentos. Una funeraria profesional se ocupa de gestionar todos los pasos tras un fallecimiento, incluidos los traslados, tanatorio, documentación, preparación del servicio y acompañamiento a la familia.

En D&B Complutense Servicios Funerarios ofrecemos atención inmediata 24h y ayuda en cada decisión, con un proceso claro y sin esperas.

Trámites necesarios

Registro Civil

El fallecimiento debe inscribirse en el Registro Civil del municipio correspondiente. Normalmente, es la funeraria quien se encarga de realizar esta gestión en nombre de la familia. La inscripción es imprescindible para solicitar la licencia de enterramiento o incineración.

Documentación para entierro o incineración

Para poder realizar el entierro o la cremación, es necesario presentar varios documentos:

· Certificado médico de defunción

· Inscripción en el Registro Civil

· Solicitud de la licencia de enterramiento o incineración Estos trámites suelen completarse en las primeras 24 horas y forman parte de lo que la funeraria gestiona directamente para facilitar a la familia todo el proceso.

Comunicación a aseguradoras o servicios funerarios

Si la persona fallecida tenía un seguro de decesos, es importante comunicar el fallecimiento lo antes posible para activar la póliza. Si no existe seguro, la familia debe decidir qué empresa realizará el servicio. Contar con una funeraria local y disponible las 24h permite resolver rápidamente qué hacer cuando alguien muere y evitar retrasos en los trámites.

Ver guía completa de trámites funerarios

En un momento tan delicado, es fundamental tener a alguien que acompañe y resuelva cada gestión con rapidez y cercanía. En D&B Complutense Servicios Funerarios estamos disponibles 24 horas, ofreciendo apoyo inmediato, traslado, documentación y organización completa del servicio. Puedes consultar más información y todos nuestros servicios en nuestra web oficial.

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